A menudo se entiende que la S de la Responsabilidad Social de la Empresa se refiere a social, unas veces pensando en los trabajadores de la empresa, que serían así su parte «social» (como cuando se habla de los sindicatos), y otras veces pensando en la sociedad, es decir, en las relaciones de la empresa con «todo lo demás». Me parece que la S se puede aplicar en ambos sentidos, pero sin separarlos.
La S se refiere a la actividad de la empresa, que es social en cuanto que la lleva a cabo una colectividad de personas que colaboran en un proyecto en el que todas están interesadas, aunque por motivos distintos. Y es también social en cuanto que forma parte de esa sociedad a la que vende sus productos, de la que recibe sus recursos, con la que comparte la vida cotidiana…
Lo social es algo que está más allá de las personas, trasciende a las personas. Es relacional. La empresa es una formidable generadora de oportunidades de relación -lo mismo que otras instancias de la sociedad, desde la familia, la escuela, el barrio, la ciudad…-, de encuentro, de colaboración… A ella le corresponde, pues, cuidar de las personas con las que se relaciona, primero con las de dentro -su misión interna-, y luego con las de fuera -su misión externa.
Al final, la función social de la empresa es la creación de valor social, es decir, la creación de valor por una colectividad para esa colectividad y para otras colectividades. Social no significa hacer altruismo, repartir a la sociedad, acción social. Significa colaboración, acción mancomunada.