Valores

Argumentos a favor de la Vida y la Persona

En el marco del debate por un proyecto de ley para la despenalización del aborto, el autor responde al Ministro Lino Barañao, quien en un artículo publicado en un matutino porteño, acepta que el embrión es un ser humano pero legitima su destrucción.

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Por Alberto Achával Giraud*

La Nación publicó recientemente un artículo del Dr. Lino Barañao, Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, titulado “Un embrión no es equiparable a un ser humano” (1). Considero que algunos de sus conceptos merecen ser comentados.

Dice el autor que “Quienes optan por la afirmativa (que el aborto es un crimen) suelen sostener que la ciencia ha determinado que la vida humana comienza con la concepción, lo cual es cierto”. No puedo estar más de acuerdo con este concepto que, si fuera universalmente aceptado, terminaría con toda polémica ya que la destrucción de una vida humana es, por definición, un homicidio. El término procede etimológicamente del latín homicidium un compuesto de homo “humano” y caedere, “matar” de modo que literalmente significa

“matar a un humano”. Y si la vida humana comenzara con la concepción, como acertadamente afirma el Dr. Barañao, el aborto inducido sería casi siempre un homicidio, con todas las connotaciones éticas, morales y legales del término.

Pero se lee luego: “Lo que no es cierto es que el concepto de vida humana y persona sean equiparables”. Considerando lo ya dicho, la introducción de este concepto parece superfluo, pero no puedo pasarlo por alto. Se trata de un tema difícil ya que el significado de “persona” depende del contexto filosófico, sociológico, jurídico, psicológico o fisiológico en el que sea considerado, y de diversos factores culturales (1).

Del texto que comento se desprende claramente que el autor considera lícito destruir un ser humano pero no una persona humana. Una dificultad insuperable para la implementación de tal concepto es la discrepancia entre diferentes definiciones de persona. Si de una sentencia de muerte se trata, lo menos que se puede pedir es que haya acuerdo total acerca de los criterios de selección de los que serán ejecutados.

Se lee después que “Esta postura es compartida por la mayoría de los países que han despenalizado o legalizado la interrupción del embarazo, estableciendo límites temporales coincidentes por ejemplo con la aparición de una actividad cerebral detectable”.

Hasta ahora la dificultad residía, para muchos, en saber cuándo el producto de la concepción se transforma en un ser humano. El problema se haría todavía más arduo al intentar establecer un “límite temporal” neto entre un ser humano y una persona humana. A pesar de tratarse de dos enunciados por completo diferentes, se proponen criterios similares para ambos casos.

Hasta bien entrado el siglo XX, muchos aceptaban que el aborto puede llevarse a cabo antes del “quickening”, cuando la madre empieza a sentir los movimientos del feto, pero no después. Ello equivale a decir que no se trataría de un ser humano antes del primer puntapié perceptible pero que después sí lo sería. Este es obviamente un presunto hito bastante burdo.

Se ha intentado reemplazarlo por otros, como la formación del esbozo del sistema nervioso o placa neural y la detección de la actividad eléctrica cerebral, los que también han tropezado con grandes dificultades.

Si de la placa neural se tratara, ¿cuál sería el límite? ¿Cuándo el esbozo del sistema nervioso contuviera cien, mil, o un millón de células? ¿O cuando fuera detectable por ecografía? ¿No se trataría cualitativamente de la misma cosa? ¿O es que la diferencia entre mil y un millón de células basta para aceptar que “una cosa” se transformó en un ser humano, o éste en una persona?

La detección de la actividad eléctrica de la corteza cerebral es una presunta sofisticación técnica carente de sensibilidad. Es obvio que las primeras descargas eléctricas neuronales no pueden ser detectadas por un electroencefalógrafo a través de la pared abdominal y del útero por ser de escaso voltaje. Y cuando éste se incrementa, su identificación depende críticamente del espesor de la pared abdominal, la sensibilidad del instrumento y también de la paciencia del observador. Convengamos en que un resultado negativo obtenido con un electroencefalógrafo convencional, constituye evidencia por demás insuficiente para decidir cuándo puede ser destruido un feto y cuando no.

Ninguno de los métodos propuestos ha permitido ni siquiera sospechar la existencia del salto cuántico que supondría una súbita hominización, o una transformación en persona, antes de la cual sería lícito destruir un embrión o un feto. Siendo ello así, un razonamiento lógico debe inducirnos a aceptar que la persona humana, el ente protegido por la ética y por la moral, el sujeto de derecho, estuvo allí, con todas sus potencialidades, desde el momento de la concepción.

El autor desarrolla extensamente el concepto de que la ontogenia reproduce la filogenia, lo que es correcto. Todos tuvimos branquias y un apéndice caudal, por ejemplo, en un momento de nuestro desarrollo embrionario. Pero nuestro ADN no era el de un pez o un reptil. La existencia transitoria de tales atributos anatómicos, ¿legitima la destrucción del embrión?

Particularmente sorprendente es el argumento avícola: “El ADN de un ave está presente en el huevo. No obstante, no tenemos problemas en hervir un huevo recién puesto, pero no herviríamos uno incubado por 21 días, y menos aún un pollito”. Debiera ser innecesario señalar que no herviríamos un huevo incubado y tampoco un pollito por razones culturales, estéticas, organolépticas, de eficiencia nutricional y económica entre otras, pero no por razones éticas o morales. Además de hervir un huevo recién puesto, matamos un pollo o una gallina sin remordimientos de conciencia. Sugerir un paralelismo entre el consumo de un huevo recién puesto y la eliminación de un huevo humano, que lleva involucrada la del embrión, el feto y el niño que le seguirán inexorablemente es, por lo menos, desacertado.

Leemos en el artículo en cuestión que “Basado en esta evidencia científica, el Comité de Ética del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva propuso, en oportunidad de la modificación del Código Civil, una redacción del artículo 19 que decía que si bien la vida humana comienza con la concepción, las características propias de una persona se adquieren a lo largo de la gestación”, y que tal sugerencia no fue aceptada. Si ésta fue toda la “evidencia científica” propuesta como apoyo, no me extraña que los redactores del Código la hayan rechazado.

Por fin, el Dr. Barañao termina diciendo: “De lo que se trata, en este caso, es de no usar argumentos pretendidamente científicos para imponer a los demás convicciones propias de nuestra visión del mundo”. En vez de refutar un argumento con otro mejor, lo descalifica y acusa a quienes lo aceptan de utilizarlo para imponer sus ideas. Éste no es el tono que debe imperar en un debate científico serio, en el que es imprescindible respetar a quien opina diferente, y en el que las opiniones deben ser fundamentadas sobre hechos comprobables y reproducibles.

* El autor es médico.

(1) Dafna Shir-Vertesh. Personhood. Oxford Bibliographies, DOI: 10.1093/OBO/9780199766567-0169. Modified: 28 February 2017 http://www.oxfordbibliographies.com/view/document/obo- 9780199766567/obo-9780199766567-0169.xml

El resaltado en negrita no estaba presente en el texto original del ministro Barañao.

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