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Toda reforma judicial debe ser y parecer realizada para una república con justicia independiente

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 “El principal medio de afianzar el respeto de la Constitución es evitar en todo lo posible sus reformas. Estas, pueden ser necesarias a veces, pero constituyen siempre una crisis pública, más o menos grave. […La verdadera sanción de las leyes reside en su duración. Remediemos sus defectos, no por la abrogación, sino por la interpretación” (Juan Bautista Alberdi).

En tiempos en los cuales la validación de los actos de gobierno por parte de la sociedad argentina encuentra innumerables reparos debido a que las intenciones políticas se advierten, contienen un altísimo contenido ideológico de corto plazo, encarar una reforma de la Justicia resulta al menos muy poco recomendable. No obstante ello, el Gobierno Nacional ha enviado un proyecto tan ambicioso como controvertido y complejo de poner en práctica.

Frente a este nuevo intento de “reformar la justicia”, intención conductual que por remanida, ya ha perdido toda novedad, lo primero que debiéramos pensar desde los ámbitos de que aglutinan la opinión de la sociedad civil es qué cualidades pretendemos para nuestra justicia.

En tal sentido, debemos resaltar que toda república requiere e implora contar con una justicia:

Los ciudadanos ​tienen derecho a contar un estado republicano y democrático que garantice el imperio de la ley, y para ello, debe estar compuesto de una ciudadanía contenida en la sociedad, capaz de ejercer y conducir el gobierno de toda ella. El Estado no es un fin en sí mismo. Es un medio para arbitrar el bien común.

La Justicia está para limitar al poder del Estado y asegurar los derechos de los ciudadanos. Es una garantía contra el poder de las mayorías circunstanciales y un reaseguro de los derechos básicos y de las minorías (modelo extraído de «El Federalista»). La Justicia no está para proteger al gobierno. Las reformas a la justicia deben ser transparentes y públicas y deben tener como único objetivo la eficiencia en los procedimientos judiciales.

Las reformas a la justicia deben consensuadas entre todos los actores del derecho y sostenerse en criterios técnicos jurídicos y sociológicos, asegurando un amplio espectro ideológico en la convocatoria.

Para que una reforma judicial sea asumida por la sociedad como imparcial, las personas que intervengan en su planeamiento y aprobación deben carecer de intereses personales y/o económicos respecto a las reformas a legislar.

Nuestro sistema de justicia incluye a jueces, fiscales, defensores, peritos ​y abogados que deben velar por los derechos de los ciudadanos. Por lo que no es posible prescindir de las experiencias de todas las instituciones ligadas al derecho en materia de una reforma tan profunda en lo institucional como la que ha propuesta el Poder Ejecutivo Nacional.

Es preocupante advertir que se llevan a cabo acciones que menoscaban los principios anteriormente expuestos, tales como:

Resulta imperioso que una reforma contenga:

Finalmente, y en relación puntual al proyecto de reforma judicial elevado al Congreso, debe indicarse preliminarmente que desecha la propuesta de una firme voluntad política de un cambio de época, dejando de lado la creación de un nuevo fuero federal para exhibirse como una ampliación del “Comodoro Py” que se repudia en su propia exposición de motivos, análoga a lo que se hizo en 1992 con la duplicación de los 6 juzgados federales de entonces y su fundacional mudanza a Retiro. 

A lo anterior, en lo que constituye un mensaje negativo al público en general y a las fuerzas políticas que deberían dar su apoyo para la aprobación de la iniciativa, se agrega la previsión innecesaria y muy costosa de la ampliación a 23 juzgados nuevos, con reglas que al más lego moverán a sospecha de intereses solapados, porque incluye su cobertura con subrogantes en el larguísimo “mientras tanto” de la tramitación de los concursos. Subrogantes cuya designación desanda una amarga evolución de los últimos cinco años, en tanto pretende sea realizada de manera directa por mayoría simple del consejo de la Magistratura, además de referirse a Juzgados que no estarán habilitados porque no contarán con jueces titulares, en ambos casos -subrogantes de nadie y ausencia de sorteo u otro procedimiento objetivo- declarado inconstitucional por la Corte Suprema por unanimidad. 

Por lo expuesto, el proyecto enviado, carece de los mínimos elementos de sustentabilidad republicana, siendo sólo en apariencia una profunda reforma, para ser en realidad una nueva cosmética de dudosa puesta en concreción práctica.

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