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La ley positiva no es el derecho

Escrito por Enrique del Carril
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(a propósito de la aprobación de la ley de Interrupción Legal del embarazo)

 

“…el ideal de libertad Individual parece haber florecido sobre todo entre aquellos pueblos en los que, al menos durante largos periodos, predomino el derecho como obra de los jueces”

(Hayek, Frederich A. “Derecho, Legislación y Libertad” vol I, cap V, pag 151).

 

1.Aquello en que están de acuerdo los pañuelos verdes y celestes.

En los últimos días de 2020, cuando estábamos sumidos en graves problemas sanitarios y económicos, el Congreso de la Nación aprobó una ley denominada de Interrupción Legal del Embarazo (ILE). No había ninguna urgencia ni necesidad de sumir a los argentinos en una polémica que ya había sido saldada hace menos de dos años, pero la obstinación del Poder Ejecutivo y la inconciencia de la dimensión del problema de otros, nos llevó nuevamente al debate y a la polémica.

Lo curioso es que, en aquello que es la esencia y el meollo de la cuestión, celestes y verdes están de acuerdo. Me refiero a la existencia de vida desde la concepción. Ya nadie discute que desde la fecundación del óvulo en el seno materno existe una vida humana diferente de la de aquellos, madre y padre, que contribuyeron a la concepción.

La pregunta, entonces, surge en forma directa, si todos sabemos que hay vida: ¿es lícito troncharla?, ¿existe un derecho superior a la vida que exija su protección suprimiéndola?

Los “pañuelos verdes” responden con una serie de argumentos. Algunos basados en claras falacias, como cuando se dice que la mujer tiene derecho a disponer de “su” cuerpo y a decidir su plan de vida. No hay duda que la mujer tiene ese derecho, pero al abortar no está disponiendo de “su” cuerpo, esta eliminando de la existencia a otro ser diferente al suyo. Además, la ley está estructurada ignorando absolutamente la participación del padre quien también fue participe en el acto de la concepción.

Desde sectores pretendidamente “intelectuales”, se intenta un argumento realmente asombroso por su incoherencia. Se dice que si bien hay vida no hay “persona” y que la ley protege la persona, por lo tanto, el legislador podría definir cuando existe la persona estableciendo períodos del embarazo donde esa vida humana puede eliminarse (hemos escuchado a un ministro refiriéndose a el niño por nacer en esa etapa de la vida como un “fenómeno”). Sencillamente se predica que los legisladores pueden decidir cuando hay persona y cuando no. Basta leer algunas páginas de “Mi Lucha” para ver la coincidencia de este razonamiento con el de Hitler cuando allí predica que la preservación de la raza aria justificaba la eliminación de seres humanos defectuosos o de razas inferiores lo cual llevó a la práctica cuando fue gobierno. Se que más de uno dirá que este contrargumento que expongo es una exageración, pero pido que se tome conciencia de que el denominado “aborto legal” es una contradicción en sus términos pues el aborto es eliminar una vida y eliminar una vida no puede ser legal cualquier fuese la decisión de sus progenitores ni las expectativas respecto al ser por nacer.

 2,La ley positiva no es el Derecho.

Estos argumentos parecería que han sido atendidos por el legislador quien se consideró omnipotente para decidir cuando existe una persona y, además, no solo permite la “interrupción legal del embarazo” sino que lo propicia, pretende que sea gratuito e instaura una obligación de practicarlo o facilitarlo aún a aquellos que, en conciencia, lo consideran un homicidio con la amenaza, incluso, de convertirlos en delincuentes si no lo hacen. No satisfechos, además, obligan a proponerlo en los planes de estudios como un acto de responsabilidad social.

Pero el legislador no puede violar derechos fundamentales de la persona humana, menos aún el que sostiene toda su existencia como es la vida. La eliminación de la vida merece ser penalizada porque, de otra manera, todo el sistema de protección de derechos queda sujeto al capricho de un grupo de personas.

El Derecho es más que la ley positiva, se trata de un orden natural al cual debe someterse el legislador. Esa realidad se manifiesta en la Constitución que consagra las garantías de todos los habitantes de nuestra Nación las cuales deben ser respetadas por los otros poderes.

Por eso, para quienes consideramos que debe respetarse la vida desde la concepción el debate no terminó. Tenemos al Poder Judicial quien conforme a nuestra organización institucional tiene “la última palabra”.

Hay distintos afectados en sus derechos con esta nefasta legislación. Obviamente los primeros perjudicados son todos aquellos que no van a nacer y, si bien, no están en condiciones de defenderse por sí mismo, nuestra Constitución legitima a grupos y organizaciones no gubernamentales para plantear la inconstitucionalidad de la ley. De hecho, cuando escribo estas líneas se difunde que un Juez de Salta habilitó la feria para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la nueva ley.

Pero también son afectados directos los médicos, personal de la salud, empresas e instituciones a quienes la ley viola su libertad de conciencia. Existe un agravio directo que los habilita a plantear la inconstitucionalidad.

La lucha por la vida recién comienza…el Poder Judicial tiene la última palabra en esta nueva fase del debate.

 

 

 

 

 

Sobre el autor

Enrique del Carril

Abogado. Ex director de la revista EMPRESA. Fue presidente del Colegio de Abogados de la CABA entre el 2006 y el 2010. Socio fundador del Foro de Estudios sobre Administración de Justicia (FORES).

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