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Reforma laboral en Brasil: las claves y su impacto en la industria argentina

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¿Qué implica la reforma laboral en la práctica? La aprobación de esta reforma es una gran noticia para el Gobierno de Michel Temer en medio de las denuncias de corrupción y presionado desde distintos sectores para dejar el cargo.

No obstante, no es suficiente para dispersar las dudas sobre la capacidad de la actual administración de impulsar más reformas de la agenda, en especial la reforma previsional, clave para asegurar el éxito del plan de reformas. Adicional a la reforma laboral, los inversores están expectantes a la reforma previsional, que será un escollo mayor para el Gobierno de Temer.

La reciente reforma se complementa a la aprobación en marzo de un proyecto de tercerización laboral que espera ser tratado desde 1998 que resuelve que se podrán tercerizar todas las actividades, incluyendo las esenciales de las empresas, aumentando también de 90 a 180 días el período de prueba de los nuevos empleados.

Principales puntos de la reforma

Los acuerdos negociados entre empleadores y empleados priman por sobre los convenios colectivos y la ley laboral. Podrán tratarse en la negociación individual la mayoría de las condiciones laborales, incluida la duración de la jornada laboral, la disposición de descansos reglamentarios, las horas extras, la división de las vacaciones (en hasta tres periodos) y la implementación de remuneración por productividad y trabajo remoto. Admite adaptar condiciones laborales a cada sector/empresa y permite vincular el costo laboral y la productividad. No se modifican los derechos laborales esenciales, como ser el aguinaldo, la cantidad de días de vacaciones, las horas de descanso, el salario mínimo, ni el Fondo de Garantía (FGTS).

Flexibilización del horario laboral. La reforma extiende la jornada laboral máxima a 12hs diarias, respetando las 36horas de descanso, con límite de 44 horas semanales. Versus la legislación anterior en donde la jornada laboral se limitaba a 8 horas diarias, 44 horas semanales y 220 horas mensuales. Con un máximo de 2 horas extras por día.

Modalidades de contratación. La legislación anterior no tenía en cuenta los contratos de trabajo intermitentes y domiciliarios (home office). Los contratos de tiempo parcial tenían un límite de 25 horas semanales, sin posibilidad de horas extras. La reforma considera que los trabajadores podrán ser contratados por periodo, recibiendo un salario por hora y se formalizan los contratos de trabajo domiciliario. El contrato por periodo puede ser de hasta 30 horas semanales, sin horas extras o de 26 horas semanales con hasta 6 horas extras.

Mayor flexibilidad en el uso del banco de horas. La legislación anterior indicaba que el exceso de horas en un día de trabajo puede ser compensado en otro día, siempre que no supere, en el período límite de un año, la suma de las jornadas semanales de trabajo previstas. Existía un límite de 10 horas diarias también. En la reforma el banco de horas puede ser acordado por pacto individual escrito, con la condición que la compensación se realice en el mismo mes.

Reducción de costos de indemnización. Para la legislación anterior el trabajador que renunciaba o era despedido con justa causa no tiene derecho a recibir el 40% del saldo del FGTS ni retirar el fondo. Y en cuanto al pre-aviso, el empleador le puede avisar al trabajador sobre el despido con 30 días de anticipación o pagar el sueldo referente al mes sin que el trabajador asista a su función. Para la reforma se genera la nueva figura de dimisión en acuerdo con gastos de indemnización más reducidos (multa del FGTS de 40% a 20% y pre-aviso de 30 a 15 días).

Reglamentación de procesos judiciales. La reforma exige a ambas partes, trabajador y empresa, comparecer a todas las audiencias judiciales, salvo por fuerza mayor, y el pago del proceso por la parte perdedora, a menos que demuestre no tener recursos suficientes. El litigante también deberá definir primero cuánto quiere recibir al término del proceso judicial. Las multas por mala fe para cualquiera de las partes deberán limitarse a entre 1% y 10% del valor de la causa.

• Fin de las contribuciones obligatorias a los sindicatos. La legislación anterior indicaba que la contribución sindical era obligatoria y se realizaba una vez al año por intermedio de la deducción de un monto equivalente a un día del salario anual de cada trabajador. En la reforma se elimina la obligatoriedad del aporte.

Impacto en la Argentina

La reforma laboral en Brasil es un desafío de competitividad aún mayor en Argentina. Acumulamos un atraso competitivo con Brasil como resultado en gran medida de la diferencia existente en los costos laborales, tanto aquellos vinculados al salario como otros: ausentismo, ART, judicialidad, vacaciones, feriados, etc. Este “gap” se ampliará más aún con la reforma, principalmente en sectores transables y mano de obra intensivos. Ya lo vemos en el gráfico comparativo.

Asimismo, esta reforma laboral se suma a una serie de reformas estructurales a implementar con alto impacto potencial en las perspectivas de crecimiento de Brasil: límite al gasto federal, acuerdos con estados endeudados, desregulación y privatización en sectores claves (Oil&Gas, Minería, Telecomunicaciones e Infraestructura). A su vez, aunque con un escaso avance, las reformas previsional e impositiva ya están en agenda parlamentaria.

Conclusiones

En el marco de una apertura gradual de la economía argentina, este aumento del gap de competitividad con Brasil resulta más desafiante que antes, principalmente para la industria y los servicios que deberán competir por inversiones frente a un Brasil más grande y mucho más barato. Argentina ya inicia con gran desventaja debido al diferencial de tamaño entre las dos economías y el mayor margen de crecimiento del mercado doméstico brasileño.

Un record en el gap de costos entre ambos países, que ya anda por el 25% en maquinaria agrícola, 35% en el sector automotriz y hasta 50% en el sector de calzado, podría derivar en el corto y el medio plazo en decisiones de relocalización y en el largo plazo en el desvío de inversiones. La competencia de la región no nos deja más tiempo. Es necesario de una vez por todas iniciar el camino de la competitividad sostenible. Con un Programa de Competitividad plausible, factible y real.

Debemos ser “reales” anfitriones del G20 en el 2018, con un clima de negocios acorde a sus potenciales inversiones en Argentina.

Sobre el autor

Eduardo P. Reilly Grant

Miembro del IGEP. VP Comercial Sudamérica en Metalsa. Presidente de APTA. Cursando la Maestría en Estudios Internacionales – UCEMA.

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