Parte III – Viene de Parte II
Cómo lograr una moneda de libre uso
Después de la pandemia de coronavirus, el Gobierno de Alberto Fernández tendrá pocos tiempos para tomar el toro por las astas, facilitar el uso de una moneda estable, recuperar la confianza, restaurar los intercambios, garantizar la equidad, liquidar la mala moneda despreciada por la población y ganar tiempo para preparar con sabiduría, rapidez, prudencia y vigor las profundas reformas estructurales que nos rescaten de la decadencia imperante desde hace 74 años.
Como aporte para que la dolarización voluntaria mediante el sistema bimonetario, se produzca satisfactoriamente y sin sobresaltos fatales, proponemos una serie de medidas que no implican la dolarización absoluta, ni la dolarización anárquica, ni una nueva convertibilidad con tipo de cambio fijo como la que fracasó lamentablemente.
El presidente Fernández, tendrá la oportunidad histórica de presentar un original proyecto de Reformas estructurales, execrando para siempre el absolutismo monetario que usan los políticos en el poder. Esa atribución despótica es la que les permite vivir a costa de los contribuyentes, gastar por encima de las posibilidades y endeudarse por cuenta de los ciudadanos para que el costo financiero lo paguen los contribuyentes que nunca pueden oponerse a tales decisiones.
1° Sancionar una reforma bancaria que proteja la integridad de los depósitos en $ y U$S; asegure la cadena de pagos; acotando incertidumbres y riesgos sin provocar corridas.
2° Desdoblar la responsabilidad patrimonial de los Bancos en tres sectores autónomos, con adecuados encajes, autonomía y respaldo: Banca de pagos (como Pagofácil, Rapipago, Cobro express), Banca de depósitos (para cuentas corrientes y cajas de ahorro); Banca de inversión (para plazos fijos, fondos inversiones y operaciones bursátiles).
3° Prohibir a todo Banco o autoridad pública disponer débitos automáticos en la Cuenta corriente o Caja de ahorro sin mediar autorización expresa del titular de las cuentas. Se trata de infundir confianza en el sistema, respetando la cuenta bancaria como propiedad privada inviolable y sólo accesible con permiso previo de su dueño.
4° Autorizar la instalación de sucursales de Bancos extranjeros, sujetos a la legislación de origen, para brindar mayores opciones y asegurar la protección de los patrimonios
5° Permitir operaciones de home-banking en moneda extranjera idénticas a las habilitadas en moneda nacional, incluyendo transferencias bimonetarias dentro del país o al exterior. Así se facilita el arbitraje y se estabilizan las oscilaciones en el tipo de cambio cotidiano.
6° Disponer que las divisas provenientes del exterior sean propiedad del beneficiario. Ello se hace para evitar que el Estado se apodere de las divisas o imponga la conversión forzosa de fondos privados.
7° Derogar toda norma que obligue a los particulares a liquidar divisas al Banco Central ya sea por operaciones de comercio exterior, ingreso de capitales o rentas desde cuentas bancarias extranjeras. Se desea proteger la libre elección de moneda de libre uso, impidiendo el cepo cambiario o el cambio forzoso.
8° Ordenar que toda persona mayor de edad, residente e inscripta como contribuyente, pueda habilitar una cuenta bancaria en divisas e ingresar billetes en efectivo o por transferencia bancaria, hasta US$ 500.000 por persona, sin cargo ni comisiones, ni intereses resarcitorios, ni multas, ni impuesto alguno y sin necesidad de justificar el origen del dinero. Se trata de que los ciudadanos honestos que compraron divisas para protegerse de la rapiña cambiaria de sucesivos gobiernos, puedan transparentar su derecho a la defensa del patrimonio repatriando las divisas e impidiendo que el Estado se las manotee.
9° Establecer la libertad de contratación en moneda extranjera para toda clase de contratos incluyendo: compra-venta de bienes muebles e inmuebles, hipotecas, prendas, seguros, fideicomisos, condominios y contratos laborales convenidos libremente por empresa.
10° Prescribir que el mercado de cambios sea libre y abierto a todas las categorías de personas sin más requisitos que la identificación y solvencia personal. Funcionarán en horarios uniformes en las Bolsas de Comercio autorizadas. Se trata de impedir que, al desaparecer el monopolio estatal, este mercado pueda ser dominado por grupos concentrados de bancos, agentes bursátiles o fondos especulativos.
11° Permitir el uso legal de moneda extranjera en cualquier actividad lícita: económica, social, profesional, comercial, agrícola, minera, industrial y laboral, pudiéndose contratar con terceros residentes o no-residentes, emitiéndose toda clase de papeles de comercio, facturas, pagarés, cheques, letras de cambio, notas de débito y crédito o recibos de pago en la misma moneda.
12° Imputar íntegramente y a cuenta de Ganancias, el actual impuesto a los débitos y créditos bancarios hasta que se produzca una genuina reforma tributaria que reduzca los 163 impuestos vigentes a unos pocos, simples y claros impuestos con alícuotas razonables. El impuesto a la renta financiera debiera ser inmediatamente reducido a una tasa de 0% y luego derogado.